La Dirección de Tránsito y Transporte público de acuerdo a su Plan Comunal de Seguridad vial, refuerza la educación Vial demarcando lugares prohibidos para estacionar.
La Ley
de Tránsito prohíbe estacionar en las siguientes situaciones:
1. A menos de cinco metros de los grifos para incendio y de diez metros de la
entrada de un cuartel de bombas o postas de primeros auxilios y hospitales.
2. A menos de veinte metros de un cruce ferroviario a nivel.
3. A menos de diez metros de una esquina.
4. A menos de veinte metros de las señales
verticales que indiquen la existencia de una parada de vehículos de locomoción
colectiva. Las Municipalidades podrán aumentar dicha distancia.
5 A menos de tres metros de las puertas de
iglesias, establecimientos educacionales, hoteles y salas de espectáculos o de
entretenimientos, durante las horas de afluencia de público o de funciones.
6 Frente a las puertas de los garajes de casas
particulares y estacionamientos comerciales.
7 A menos de diez metros de un signo
«PARE», «CEDA EL PASO», de advertencia de peligro, tales
como «ESCUELA», «CURVA» o «PUENTE ANGOSTO».
8 A menos de 15 metros de la puerta principal de
entrada a recintos militares, policiales o de Gendarmería de Chile. Esta
prohibición se indicará, a requerimiento de la respectiva institución u
organismo, mediante señales oficiales, y no se aplicará a los vehículos de
propiedad de las respectivas instituciones, ni a los vehículos que éstas
autoricen al efecto.