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Diario Digital Provincial

Tribunal de Garantía da luz verde a querella contra alcalde de Curicó Javier Muñoz.

Dic 31, 2015

BahamondezCuricó. El no haber dado cuenta a la justicia  de los hechos que estaban en su conocimiento, sería la base de la querella que en contra del alcalde de la comuna de Curicó, Javier Muñoz Riquelme interpuso el abogado Víctor Bahamondez. La querella  está dirigida también en contra de todos aquellos que resulten responsables, es decir, funcionarios municipales que en su calidad y “teniendo  conocimiento de un hecho ilícito no lo denunciaron a la fiscalía”.

En las últimas horas el abogado querellante confirmó que la querella fue inmediatamente declarada admisible, por lo cual va a seguir su curso normal.

La denuncia ante tribunales se basa en el artículo 175 del Código Penal que establece para ciertos funcionarios, la obligación legal de denunciar cualquier hecho ilícito del que sea testigo o tenga conocimiento.

“La acción legal que se presentó es una querella por infracción al artículo 175 del Código Procesal Penal en contra del alcalde de la comuna de Curicó Javier Muñoz Riquelme y todos los que resulten responsables en cuanto a no hacer la denuncia en su oportunidad de haber tomado conocimiento de los hechos acaecidos en la investigación que se lleva en curso por el caso “Concejales Viajeros”, dijo el abogado Víctor Bahamondez Segura.

Añadió que esta es una causa aparte, que no se pidió adosarla a la investigación de los concejales que serán formalizados en su totalidad el próximo 7 de enero de 2016.

Bahamondez dijo que, en su oportunidad, no se denunciaron los hechos de los cuales se tuvo conocimiento, fraude al fisco y emisión de facturas ideológicamente falsas de los concejales, algunos de los cuales ya se encuentran formalizados.

“El alcalde de la comuna estaba en conocimiento al momento que él hace una declaración pública de apoyo corporativo a los concejales y señalando que en ningún momento se había ocasionado ningún perjuicio, fraude al fisco y que tampoco se habían adulterado boletas para la rendición de cuentas”, añadió.

DENUNCIA A LA CONTRALORÍA

Consultado por la incidencia que podía tener la denuncia que de los hechos hizo el alcalde a la Contraloría, el abogado manifestó que eran cosas completamente diferentes.

“Es diferente el tipo de denuncia ya que el artículo 175 dice que las personas están obligadas a denunciar dentro de 24 horas de que hayan tomado conocimiento del hecho, ante los tribunales de justicia ya sea fiscalía o policía. En este caso no se contempla la Contraloría ya que es un ente administrativo, no judicial”, respondió.

Añadió que como alcalde y -como contador, que es su profesión- como jefe y representante  de la comuna y mandamás en el municipio sabía muy bien cuáles eran los pasos que había que dar y no los dio.