• junio 23, 2025 14:08

Contratación de servicios deberán incluir pago de IVA a partir del 1 de enero.

Dic 23, 2022
Apenas se inicie el 2023, los proveedores que transan en www.mercadopublico.cl deberán incluir el IVA en los servicios que oferten, basándose en lo establecido en la Circular N° 50 de 2022 del Servicio de Impuestos Internos.   De acuerdo a la normativa, sólo estarán exentos del pago de IVA:   – Aquellos servicios prestados por Sociedades de Profesionales registradas ante el SII.   – Personas naturales que actualmente emiten boletas de honorarios.   – Servicios ambulatorios de salud (consultas médicas, odontológicas, psicólogos, psiquiatras, kinesiólogos, imagenología, entre otros).   – Otros servicios que ya estaban exentos, tales como transporte de pasajeros (urbano, interurbano, interprovincial y rural, entre otros) y educación (colegios, jardines, universidades, entre otros).   Es importante señalar, que para el caso de los Convenios Marco, los proveedores afectos que presten servicios profesionales deberán considerar en sus cotizaciones el respectivo pago de IVA.   Estas modificaciones no tienen efecto retroactivo, es decir, sólo aplican para las compras que se adjudiquen y realicen desde el 1 de enero y están sujetas a las contrataciones de Ministerios, Intendencias, Gobernaciones y los órganos y servicios públicos creados para el cumplimiento de la función administrativa, incluidos la Contraloría General de la República, el Banco Central, las Fuerzas Armadas y las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública, los Gobiernos Regionales, las Municipalidades y las empresas públicas creadas por ley.