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Se cierra el plazo que tienen candidatos a alcaldes y concejales para inscribirse y participar en elecciones municipales del 23 de octubre.

Jul 20, 2016

voto 2De carreras para allá y para acá, reuniendo todos los antecedentes que en la actualidad requiere el Servicio Electroral (Servel), andan los candidatos y candidatas a alcalde y concejales que postularán a un puesto edilicio en las próximas elecciones municipales programadas para el domingo 23 de octubre, es decir en 3 meses y 17 días más.

De acuerdo al cronograma del Servel, el lunes 25 de julio-en 6días más-, vence el plazo para la inscripción de candidatos y candidatas.

Vale recordar que las elecciones municipales están programada para domingo 23 de octubre en las 346 comunas del país.

De acuerdo a la ley, desde el 25 de julio se inicia el período de campaña electoral el cual concluye el día de la elección.

Este dato no es menor ya que desde el lunes 25 de julio, los candidatos y los partidos podrán realizar campañas y la contratación de servicios para fines que demanden sus candidaturas, costos que después deberán rendir como gasto electoral.

La directora regional del Servel  María Inés Parra, dio a conocer que se considera gasto electoral todo desembolso o contribución avaluable en dinero, efectuado por el candidato o partido político, con ocasión y propósito de actos electorales.

En esta línea señaló como ejemplo, el arriendo de inmuebles o encuestas sobre materias electorales o sociales que encarguen los candidatos o partidos políticos durante la campaña electoral.

Además de arriendo de equipos, gastos por desplazamiento de candidatos, de dirigentes, de personas que presten servicios a las candidaturas, transporte de implementos de propaganda, gastos notariales, etcétera, están señalados en artículo 2 de la Ley 19.884, sobre elecciones.

De acuerdo al cronograma del Servel, el 28 de julio a primera hora y en audiencia pública, el director del Servicio Electoral realizará el sorteo para determinar el orden de precedencia de las listas en la respectiva cédula electoral.

En tanto, el 7 de agosto es el último plazo para hacer pública la aceptación o rechazo de las candidaturas por parte del Servel y el 12 del mismo mes es el último día para que los partidos políticos y candidatos independientes reclamen a la resolución de aceptación o rechazo de candidaturas, ante el Tribunal Electoral Regional.

El domingo 14 de agosto el Servel publicará en su página electrónica el padrón electoral donde aparecerá el nombre de las personas habilitadas y de los no habilitados para sufragar en la elección municipal del 23 de octubre.

El 24 de agosto es el día en que comienza el periodo legal autorizado para la propaganda de los postulantes a los municipios.

Desde entonces y hasta el 20 de octubre se autoriza la publicidad por medios de prensa y radioemisoras, así como la presencia en las calles de activistas o brigadistas portando banderas, lienzos u otros elementos no fijos que identifiquen la candidatura o la entrega de material impreso u otro tipo de objetos informativos.

A diferencia de otros años para este proceso electoral no se instalarán paneles divididos por alianzas y candidatos independientes en plazas y lugares públicos, sino que sólo se definirá un espacio en una determinada área pública y será el propio candidato quien deberá instalar sus afiches y letreros, de no más de dos metros cuadrados por propaganda.

Hay que tener en cuenta que solo desde el 23 de septiembre se autoriza la instalación de letreros en espacios públicos o privados.

El 1 de octubre, previo aviso por carta certificada, se publicará las nóminas de vocales designados para cada mesa receptora de sufragios, los locales de votación, delegados, miembros integrantes de colegios escrutadores y recintos donde funcionaran.

En tanto,  el plazo para excusarse de ser vocal o delegado, vence el día 5 del mes mencionado.